Los residuos objetos del presente Convenio son los incluidos en nueve de las diez categorías que establece el Real Decreto 208/2005 (grandes y pequeños electrodomésticos, equipos de informática y telecomunicaciones, aparatos electrónicos de consumo, aparatos de alumbrado, herramientas eléctricas o electrónicas, aparatos médicos, instrumentos de vigilancia o control, y máquinas expendedoras), y cuya procedencia sea de hogares particulares o asimilados. En ningún caso se aceptarán RAEE que contengan restos de comida u otros residuos orgánicos que impliquen riesgo sanitario para la salud de las personas.
En las instalaciones del Hospital Universitario Príncipe de Asturias se pondrán los medios necesarios para el depósito y la clasificación de todos los RAEE, cuya orden de recogida se realizará a través de la Plataforma Informática de Gestión de Ecolec. Un convenio que tiene una duración de un año (prorrogable por periodos idénticos) en el que se establecerán las medidas óptimas para la recepción, recogida y trazabilidad de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos del centro hospitalario.